Sitios de Interés: MPPES / CCNPG / CENIDES / SP / GOBIERNO EN LÍNEA / Otros...
Consultoría Jurídica: Propósito | Visión | Misión | Competencias| Subprocesos
   

Propósito
La razón de ser de la Oficina de Asesoría Jurídica del CNU consiste en interpretar y aplicar la legislación universitaria, asesorando y evacuando las consultas que le sean formuladas por el Ministro Presidente del CNU, así como los representantes de las oficinas técnicas del CNU y de las universidades, creando los lineamientos de interpretación jurídica y unificación de criterios en esta área, así como en la de admisibilidad de los recursos interpuestos por vía administrativa y jurisdiccional, creando doctrina y jurisprudencia universitaria; en este sentido tiene la responsabilidad de coordinar la Comisión Permanente de Consultores Jurídicos de las universidades.

Visión
Una Dirección adscrita al CNU con las competencias y atribuciones legales que garanticen el cumplimiento de la Ley de Universidades, su Reglamento y las Resoluciones y Acuerdos del CNU y la adecuada representación de los intereses y derechos de la nación en el sector universitario.

Misión

  1. Interpretar y aplicar la legislación universitaria a fin de asesorar legalmente al Ministro-Presidente del Consejo Nacional de Universidades, a sus Oficinas Técnicas y a las Universidades Nacionales.
  2. Velar por el cumplimiento, en cada una de las universidades, de las disposiciones de la Ley de Universidades, normas y resoluciones que en el ejercicio de sus funciones emita el Consejo Nacional de Universidades y sus Oficinas Técnicas. Unificar los criterios de interpretación, en el proceso de aplicación de la legislación universitaria, de sus diferentes disposiciones legales reglamentarias y procedimientos que rigen dicha actividad.
  3. Analizar, fundamentar y recomendar las soluciones jurídicas a los casos solicitados por el CNU, elaborar los proyectos de resoluciones que acuerde el cuerpo y todas aquellas que estén dentro de su competencia.
  4. Revisar y opinar sobre los aspectos legales de los proyectos de creación de universidades previo a su presentación al CNU.
  5. Revisar y opinar sobre las propuestas de reglamento generales de las Universidades Nacionales y Privadas, que sean sometidas al CNU para su aprobación.
  6. Diagnosticar la situación legal del sistema nacional de universidades al menos cada 10 años, generando un informe que proponga y recomiende las reformas necesarias para la continua renovación de los sistemas universitarios.
  7. Supervisar y controlar la tramitación, procesamiento y decisión de los recursos jurídicos que sean sometidos a su consideración.
  8. Requerir el suministro de información de las consultas evacuadas por otras dependencias, a los fines de velar por el cumplimiento y ejecución de los criterios de interpretación fijados por la Asesoría Jurídica.
  9. Llevar el registro y control automatizado de los expedientes y consultas que por diferentes situaciones legales atienda y deba tramitar.
  10. Dar las pautas para disponer y divulgar la bibliografía, jurisprudencia y doctrina universitaria de su interés, con el apoyo del Centro de Documentación de la OPSU.
  11. Cumplir y hacer cumplir las demás funciones y deberes prescritos en el Reglamento Interno de CNU, y las que le fueren asignadas por el Ministro- Presidente del Consejo Nacional de Unicersidades (ver el n° 1).
  12. Ejercer la representación del CNU ante los órganos y autoridades administrativas y jurisdiccionales previo conferimiento de los poderes respectivos y representar al cuerpo en nombre del Procurador General de la República.
  13. Coordinar la realización de Núcleos de Consultores Jurídicos de las Universidades Nacionales.
  14. Revisar actos y documentos relativos a las funciones de su competencia para su conformación, firma y despacho correspondiente.
  15. Supervisar y desarrollar su personal de acuerdo al marco legal vigente y las políticas de CNU-OPSU.
  16. Contratar los recursos (físicos o humanos) necesarios a fin de cumplir sus responsabilidades de acuerdo al marco legal vigente y las políticas de CNU-OPSU.
  17. Administrar los recursos físicos y financieros que le sean asignados de acuerdo al marco legal vigente y las políticas de CNU-OPSU.
  18. Las demás que se le atribuyan.
Competencias y atribuciones adicionales requeridas por la Dirección de Asesoría Jurídica:
  • Coordinar la supervisión de las universidades desde el punto de vista jurídico de conformidad con lo pautado en la Ley de Universidades.
  • Conjuntamente con la Secretaría Permanente ejecutar y hacer cumplir el procedimiento establecido en la Ley de Universidades (artículo 20, ordinales 11,12, 13 y 14), y Reglamento Interno del CNU en lo correspondiente a las normas que regulan los procedimientos disciplinarios que se sigan en el CNU, aprobada el 10/10/2002 y publicada en Gaceta Oficial No. 37.716 del 20/6/2003.
  • Revisar y opinar acerca de la viabilidad jurídica de los proyectos de creación de Universidades Nacionales y Privadas, antes de ser sometidos al CNU.
Subprocesos de Asesoría Jurídica:
  • Análisis, interpretación, unificación y elaboración de criterios acerca de los aspectos legales referidos al sector universitario. (Análisis, unificación, elaboración y publicación de documentos jurídicos).
  • Elaborar, revisar la legalidad de los documentos emanados del CNU y coordinar su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. (Análisis, unificación, elaboración y publicación de documentos jurídicos).
  • Prestar asesoría legal a los entes que conforman el CNU, cuando estos lo requieran. (Asesor Jurídico y Adjunto).
  • Atender los procedimientos administrativos, disciplinarios y judiciales a solicitud del CNU y coordinar su registro y control. (procedimientos litigiosos y disciplinarios).
  • Evaluación y seguimiento de la gestión universitaria pública y privada, en los aspectos legales contemplados. (Evaluación y Seguimiento de la gestión legal universitaria).
  • Coordinar el núcleo de consultores jurídicos de las universidades nacionales y promover las relaciones interinstitucionales nacionales e internacionales respecto a los aspectos legales del sector universitario nacional. (Asesor Jurídico y Adjunto).
Interrelaciones de la Dirección de Asesoría Jurídica con las Consultorías Jurídicas del MES y OPSU:
  • Ámbito de acción de esta Dirección:
    Procuraduría General de la República por delegación, aspectos internos del CNU, Universidades, Ministro Presidente del CNU, OPSU, SP, MES y otros organismos del Estado.
  • Ámbito de acción de la Consultoría Jurídica del MES:
    Educación Superior excluidas las universidades, aspectos internos del MES, asesoría jurídica al Ministro de Educación Superior y otros organismos del Estado.
  • Ámbito de acción de la Consultoría Jurídica de la OPSU:
    Aspectos internos de la OPSU, asesoría jurídica al Director de la OPSU, a la Dirección de Asesoría Jurídica del CNU, el SP y otros organismos del Estado. Participación en procesos internos administrativos y de personal de la OPSU, la Dirección de Asesoría Jurídica del CNU y SP. Participación en procesos litigiosos en conjunto con la Dirección de Asesoría Jurídica del CNU y la Consultoría Jurídica del MES, según se requiera.

  OPSU